Calendario fiscal de noviembre de 2026 para autónomos y pymes
Noviembre no trae declaración trimestral, pero sí el cobro del segundo plazo de la renta y las decisiones que fijan cómo tributas en 2027.
Por Ana Fernández Ortega, Responsable Dpto. Fiscal · Actualizado el
En resumen
Noviembre de 2026 no tiene declaración trimestral: el autónomo que liquida por trimestres no presenta nada. Lo que sí ocurre es que el día 5 se cobra el segundo plazo de la renta de 2025 a quien fraccionó el pago. Hasta el 30 se presentan el IVA mensual de octubre y el modelo 232 de operaciones vinculadas, y ese mismo día vence el plazo para pedir cambios que empiezan a contar en 2027.
Noviembre es el mes tranquilo entre el trimestre de octubre y el cierre de enero. Si liquidas por trimestres, no tienes nada que presentar. Aun así hay tres cosas que conviene tener en el calendario: el cobro del segundo plazo de la renta, las declaraciones de quien tributa por meses y, sobre todo, las solicitudes que hay que hacer antes del día 30 si quieres que cambien tus obligaciones a partir de enero. Los plazos salen del calendario oficial de la Agencia Tributaria para 2026.
Lo esencial
- 1El 5 de noviembre se cobra el segundo plazo de la renta de 2025 a quien fraccionó el pago.
- 2Quien liquida el IVA por meses presenta el de octubre hasta el 30, y hasta el 25 si lo domicilia.
- 3Las sociedades con operaciones vinculadas presentan el modelo 232 hasta el 30.
- 4El 30 de noviembre vence el plazo para pedir el alta o la baja en el registro de devolución mensual con efectos en 2027.
| Fecha | Qué pasa | Quién está afectado | Modelo |
|---|---|---|---|
| 5 de noviembre | Se cobra el segundo plazo de la declaración de la renta de 2025 | Quien fraccionó el pago de su renta en dos veces | 102 |
| 20 de noviembre | Retenciones e ingresos a cuenta de octubre | Grandes empresas, que declaran por meses | 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 y 230 |
| 20 de noviembre | Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias de octubre | Quien compra o vende a otros países de la Unión Europea y declara por meses | 349 |
| 30 de noviembre | IVA de octubre, con domiciliación hasta el 25 | Quien liquida el IVA por meses | 303 |
| 30 de noviembre | Declaración informativa de operaciones vinculadas del ejercicio 2025 | Sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural | 232 |
| 30 de noviembre | Alta o baja en el registro de devolución mensual del IVA, con efectos en 2027 | Quien quiere cobrar las devoluciones de IVA cada mes en lugar de una vez al año | 036 |
| 30 de noviembre | Renuncia a llevar los libros registro por el sistema electrónico | Quien está en el suministro inmediato de información sin estar obligado | 036 |
Si liquidas por trimestres, noviembre está vacío
El autónomo que presenta el IVA y el pago fraccionado del IRPF cada tres meses no tiene ninguna declaración en noviembre. La del tercer trimestre venció el 20 de octubre y la del cuarto no llega hasta enero.
Eso no significa que el mes no cuente. Las facturas de noviembre entran en el cuarto trimestre, que es el que se presenta en enero junto con los resúmenes anuales. Un mes con la contabilidad al día es un enero sin sustos. Si quieres que lo llevemos nosotros, esto es parte de lo que hacemos en la gestoría para autónomos.
El 5 se cobra el segundo plazo de la renta
Quien presentó la declaración de la renta de 2025 y eligió pagar en dos veces tiene el segundo cargo el 5 de noviembre. El primero se pagó al presentar la declaración, en junio o julio.
El plazo para cambiar la cuenta de ese segundo cobro terminó el 20 de octubre, así que a estas alturas lo único que queda por hacer es asegurarse de que hay saldo. Si el recibo vuelve, la deuda pasa a la vía de apremio y se le suma un recargo.
Quien tributa por meses sí presenta
Las grandes empresas y quienes están en el registro de devolución mensual declaran el IVA y las retenciones mes a mes. Las retenciones de octubre van hasta el 20 de noviembre y el IVA de octubre hasta el 30.
Si domicilias el pago del IVA mensual, el plazo se acorta: la domiciliación se presenta del 1 al 25 de noviembre, cinco días antes del cierre general. Es el mismo margen que en el resto de meses del año.
El modelo 232, para sociedades con operaciones vinculadas
Las sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural presentan hasta el 30 de noviembre la declaración informativa de operaciones vinculadas del ejercicio 2025. Se trata de las operaciones con socios, administradores, familiares o empresas del mismo grupo.
Es una declaración informativa, es decir, no se paga nada al presentarla. Pero no presentarla teniendo que hacerlo sale caro, y es de las que Hacienda cruza con facilidad. Si no tienes claro si te toca, nosotros lo revisamos dentro del asesoramiento a pymes.
Las decisiones que empiezan a contar en enero
Aquí está lo que de verdad distingue a noviembre. El día 30 vence el plazo para pedir tres cosas que no cambian nada este año pero sí todo el siguiente.
La primera es el registro de devolución mensual. Quien está fuera cobra las devoluciones del IVA una vez al año, con la declaración de enero. Quien está dentro las cobra cada mes, a cambio de presentar el IVA mensualmente y de llevar los libros por vía electrónica. Para una empresa que compra mucho y vende poco, o que exporta, esa diferencia es tesorería pura.
La segunda es la renuncia al suministro inmediato de información para quien lo lleva de forma voluntaria. La tercera es la solicitud del régimen de deducción común para sectores diferenciados. Las tres se piden con el modelo 036 y las tres se deciden mirando números, no intuiciones. Si quieres que lo veamos con tus cuentas delante, escríbenos antes de que acabe el mes.
Cómo lo hacemos
- 01
Mira si el día 5 te toca a ti
Revisa si fraccionaste el pago de la renta de 2025 y ten saldo en la cuenta que diste.
- 02
Comprueba si declaras por meses
Si estás en el registro de devolución mensual o eres gran empresa, el 20 y el 30 son tuyos.
- 03
Decide antes del 30 lo de 2027
Si te interesa cobrar el IVA cada mes, la solicitud se presenta este mes y no el siguiente.
Preguntas frecuentes
Soy autónomo y presento el IVA cada trimestre. ¿Tengo algo en noviembre?
No. Tu siguiente declaración es la del cuarto trimestre, que se presenta en enero. Lo único que puede afectarte en noviembre es el cobro del segundo plazo de la renta, el día 5, si en su momento fraccionaste el pago.
¿Qué pasa si el 5 de noviembre no hay dinero en la cuenta?
El recibo vuelve impagado y esa parte de la deuda entra en vía de apremio, con recargo. Conviene revisar el saldo unos días antes. Si ya ha pasado, lo mejor es pagarlo cuanto antes, porque el recargo sube según el momento en que se regularice.
¿Me conviene entrar en el registro de devolución mensual?
Depende de si tu IVA sale a devolver de forma habitual. Si compras mucho, inviertes o exportas, cobrar cada mes en lugar de esperar a enero mejora la tesorería. A cambio hay que declarar todos los meses y llevar los libros por vía electrónica. Lo miramos con tus números antes del 30 de noviembre.
¿Cómo sé si tengo que presentar el modelo 232?
Si tu sociedad ha tenido operaciones con socios, administradores, familiares de estos o empresas del mismo grupo, hay bastantes posibilidades de que sí. Hay umbrales y supuestos concretos que conviene revisar uno a uno. Escríbenos y lo comprobamos con tus cuentas delante.
Fuentes oficiales
- Agencia Tributaria: calendario del contribuyente 2026, hasta el 5 de noviembre
- Agencia Tributaria: calendario del contribuyente 2026, hasta el 20 de noviembre
- Agencia Tributaria: calendario del contribuyente 2026, hasta el 30 de noviembre
- Agencia Tributaria: plazos de presentación con domiciliación bancaria
¿Hablamos de tu caso?
Te orientamos sin compromiso. Llámanos, escríbenos por WhatsApp o déjanos un mensaje.